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Nuevos sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Agencia Tributaria

Nuevos sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Agencia Tributaria

El día 2 de octubre entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta ley obliga a relacionarse electrónicamente con la Agencia Tributaria a los siguientes sujetos:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica (se incluyen las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios).
  • Los que ejercen una actividad profesional para la que se requiera estar colegiado/a de manera obligatoria, para los trámites y las actuaciones que realizan con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y los registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Los que representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los empleados de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente para cada Administración.

Esta relación electrónica comprende tanto las notificaciones como la presentación de documentos y solicitudes a través del registro. Así, las presentaciones de documentos y solicitudes dirigidas a la Agencia Tributaria deben hacerse de manera obligatoria a través de su Sede electrónica.

La presentación de declaraciones y autoliquidacioness, como por ejemplo el modelo 303, se podrá continuar haciendo como hasta ahora, por no estar afectada por esta Ley.

El incumplimiento de esta obligación puede implicar una sanción fija de 250 euros.

Os recordamos que podéis contactar con el equipo de asesoramiento fiscal de Palau i Associats si tenéis dudas al respecto, somos el mejor aliado de todas aquellas personas jurídicas y físicas que quieren asegurarse la tranquilidad en materia fiscal.

Carla Martínez Riquelme
Departamento Fiscal y Contable

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