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¿Cuánto se deberá pagar a Hacienda si nos toca un premio de la lotería?

¿Cuánto se deberá pagar a Hacienda si nos toca un premio de la lotería?

Se acercan las fiestas navideñas y estas siempre vienen cargadas de ilusión y de esperanza. Ya quedan pocos días para el 25 de diciembre, lo que significa que ya podemos empezar a emocionarnos con su magia. Ya es momento de preparar el árbol, decidir el menú, hacer las últimas compras y pasearse por casa al ritmo del soniquete de los niños de San Idelfonso, ya que no queda nada para el 22 de diciembre.

Porque… ¿eres de los que se levanta cada día de diciembre al ritmo de los 1.000 euros? ¿No paras de repetir eso de ‘ojalá me toque la lotería’ y fantaseas con todo lo que harías con el premio? Entonces, esto que te vamos a contar te interesa. ¿Sabrías decirnos qué porcentaje del premio de lotería se queda Hacienda?

¿Cuánto se quedará Hacienda si me toca la lotería?

Los premios obtenidos de las loterías y apuestas del Estado (SELA), de los sorteos de la Cruz Roja y de las modalidades de juego de la ONCE no se deberán incluir dentro de la base imponible del Impuesto sobre la Renta (IRPF) ya que están sujetos a un gravamen o impuesto especial.

La base de retención del gravamen especial de algunas loterías, como las mencionadas arriba, vendrá marcado por la cifra de 40.000€. Los premios de importe igual o inferior a 40.000€ (límite exento) se cobrarán de forma íntegra y no estarán sujetos a gravamen. Los premios que superen esta cantidad se verán obligados a pagar el gravamen especial que corresponde al 20% en impuestos, teniendo en cuenta que los primeros 40.000€ continuarán estando exentos.

Por ejemplo, imaginemos que tenemos un décimo premiado con el gordo de navidad (de la lotería nacional), lo que significa que hemos sido agraciados con 400.000 euros. Entonces, los primeros 40.000€ están exentos de impuestos. De los restantes 360.000€, se nos gravará el 20%, lo que es lo mismo, 72.000 euros se irán a la Agencia Tributaria y nosotros cobraremos los primeros 40.000 más los 288.000 restantes. En total, nuestro boleto de lotería agraciado nos devolverá 328.000€.

¿Cómo se debe abonar este gravamen?

En el caso de los afortunados, las entidades pagadoras de los premios serán las obligadas a retener el 20% sobre la base del gravamen especial. Así pues, cuando cobremos el premio ya recibiremos el total final, con la retención destinada a Hacienda descontada. Ya no tendremos más obligaciones fiscales adicionales.

Con todo esto, si has decidido jugar, solo nos queda desearos que la suerte os acompañe. Y recuerda, que si necesitas cualquier tipo de asesoramiento fiscal, contamos con espertos fiscalistas que podrán ayudarte a ti y a tu empresa a resolver cualquier duda que puedas tener. ¡Contáctanos!

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