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El Constitucional admite a trámite el recurso del Ejecutivo español contra el Impuesto sobre viviendas vacías de Cataluña

El Constitucional admite a trámite el recurso del Ejecutivo español contra el Impuesto sobre viviendas vacías de Cataluña

A finales del pasado mes de abril el Gobierno español presentó tres recursos antes el Tribunal Constitucional con el objetivo de impugnar tres leyes aprobadas por el Parlamento catalán, una de ellas en referencia al Impuesto sobre viviendas vacías, una medida nada exenta de polémica.

Se trata de un impuesto propio de la Generalitat de Catalunya, el sujeto pasivo del cual son las personas jurídicas con viviendas no ocupadas, ni por los mismos propietarios ni por inquilinos. En cuanto al concepto «piso vacío», cabe añadir, se entiende como piso vacío a aquel piso que ha estado desocupado sin justificación alguna por un periodo superior a dos años; en relación al impuesto, debe tenerse en si contextualizamos el asunto, que se trata de un impuesto que debía presentarse entre los días 1 y 20 de marzo siguiente a la fecha de meritación del impuesto, por vía telemática.

Pues bien, el Gobierno español recurrió este nuevo impuesto a finales de abril y, días después, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Ejecutivo en funciones, suspendiendo de forma cautelar la ley aprobada por el Parlament de Catalunya.

En concreto, el recurso contra la ley ha suspendido los artículos 1, 4, 9.1, 11 y 12, que establecen que se trata de un tributo propio de la Generalitat sobre las viviendas que han estado desocupadas de manera injustificada por un periodo de dos años, el cual deben pagar los propietarios o personas jurídicas que tengan la titularidad.

El motivo para impugnar la ley es que se considera que se están invadiendo las competencias que corresponden al Estado en relación a la regulación de los tributos locales; es decir, que se trata de un impuesto que regula la misma materia ya grabada por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y que, por lo tanto, no es necesario.

El Constitucional, por el momento, ha admitido a trámite el recurso del Gobierno central, suspendiendo la ley de manera cautelar. Habrá que esperar a ver cómo evoluciona el asunto.

 

Carla Martínez Riquelme
Departamento Fiscal y Contable de Palau i Associats

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