
Los inmuebles ocupados en el IRPF
- 10 abril, 2025
- Palau i Associats
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En plena temporada del IRPF, una duda que surge a muchos propietarios es la de cómo afectan a la declaración los inmueble que estén ocupados ilegalmente. El fenómeno de la ocupación ilegal de inmuebles preocupa a muchos propietarios legítimos y es imprescindible saber cómo debe encararse esa situación a la hora de afrontar la tributación. La declaración de la renta ya puede ser suficientemente complicada como para, además, tener que hacer frente a un tema tan complejo como éste.
La imputación de rentas en el IRPF busca reflejar una capacidad económica presunta, pero esta presunción puede cuestionarse cuando la realidad del inmueble cambia. ¿Qué ocurre cuando una propiedad no está vacía, ni alquilada, sino ocupada ilegalmente? En estos casos, aunque el titular del inmueble no obtiene ningún rendimiento económico, la legislación sigue considerando que genera una renta.
¿Cuál es el criterio de Hacienda?
En el ámbito fiscal, el sistema de imputación de rentas se basa en la presunción de que un inmueble no arrendado, no afecto a una actividad económica y no utilizado como residencia habitual, genera una renta. Esta imputación se traduce:
- 2% del valor catastral de la propiedad
- 1,1% si la propiedad se encuentra en municipios con una reciente valoración catastral.
Sin embargo, la realidad social y fiscal a veces no encaja en estos moldes. En el caso de los inmuebles ocupados ilegalmente, la Agencia Tributaria no puede ni debe aplicar automáticamente la imputación de renta. El motivo es que el propietario no tiene la capacidad de disfrutar ni de alquilar su propiedad.
¿Y si, tras recuperar la posesión, el inmueble requiere obras para ser habitable de nuevo?
Una vez que el propietario recupera la posesión de la propiedad a través de un procedimiento judicial, es posible que el inmueble necesite reformas para volver a ser habitable.
En estos casos, la Dirección General de Tributos (DGT) ha indicado que, mientras el inmueble esté en proceso de reforma, no se aplicará la imputación de rentas durante ese período. Es necesario poder demostrar que estas reformas son necesarias.
¿Qué debe aportar el contribuyente para respaldar su situación?
Es esencial que el contribuyente aporte documentación que pruebe la existencia de un procedimiento judicial de desalojo o la imposibilidad de utilizar el inmueble. Esto puede incluir:
- Sentencias judiciales.
- Autos.
- Diligencias de admisión a trámite.
- Cualquier documento válido que respalde que el bien no está en la esfera de uso del contribuyente.
De acuerdo con los artículos 105 y 106 de la Ley General Tributaria, el contribuyente tiene derecho a presentar las pruebas necesarias, y la valoración de estas pruebas será responsabilidad de los órganos de gestión o inspección de la Agencia Tributaria.
Matiz importante sobre el porcentaje de imputación: el 1,1% sigue vigente en 2024
- A pesar de las modificaciones normativas, la nota aclaratoria de la AEAT emitida en marzo de 2025 confirma que el tipo reducido del 1,1% sigue vigente en 2024 para los municipios con valores catastrales revisados desde 2012.
- Aunque se haya derogado el Real Decreto-ley 9/2024, el tipo reducido sigue aplicándose en aquellos municipios con una revisión catastral reciente, proporcionando un alivio fiscal para los propietarios de estos inmuebles.
Situaciones complejas requieren asesoramiento
La ocupación ilegal de inmuebles plantea una serie de retos tanto jurídicos como fiscales. En el ámbito fiscal, la Agencia Tributaria ha adoptado una postura razonable: no tiene sentido tributar por lo que no se puede disfrutar ni controlar. En este caso, el principio de realidad ha prevalecido sobre la literalidad de la norma, permitiendo que, en situaciones excepcionales como la ocupación ilegal, los contribuyentes no sean penalizados por un rendimiento que no pueden obtener.
En Palau i Associats, estamos aquí para ayudarte a entender cómo gestionar correctamente las implicaciones fiscales de situaciones como la ocupación ilegal de inmuebles. Si tienes dudas sobre cómo aplicar correctamente las normativas fiscales o necesitas asistencia con la declaración de la renta, contacta con nosotros. Nuestro equipo de expertos estará encantado de proporcionarte el asesoramiento necesario para garantizar que cumples con todas tus obligaciones tributarias.
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