
Llega la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2022
- 15 junio, 2023
- Palau i Associats
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Un año más, llega la cita con Hacienda y se inicia la campaña del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2022. Una cita a la que ningún empresario puede dejar de presentarse. Y, este año, con bastantes novedades a las que es necesario prestar atención. En este artículo procuraremos explicártelas, a la vez que haremos un repaso de los principales aspectos que hay que tener en cuenta para presentar este impuesto correctamente.
Novedades de la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2022
Empezaremos, precisamente, por mencionar algunas de las novedades más importantes que se han implementado este año.
- Nueva tributación mínima en el IS del 15% para determinados contribuyentes.
- Reducción de la bonificación en cuota aplicable a las sociedades acogidas al régimen especial de arrendamiento de viviendas.
- Deducción por planes de pensiones de ocupación.
- Nuevo cómputo del número mínimo de accionistas de las SICAV y régimen transitorio de disolución y liquidación durante el año 2022.
- Varias medidas fiscales respecto a las empresas emergentes (startups).
Con el objetivo de disponer de más información para mejorar el control sobre las autoliquidaciones del impuesto sobre Sociedades, la Agencia Tributaria ha introducido los siguientes cuadros de desglose, tanto en el modelo 200 como en el 220, que afectan a:
- Socios de SICAV en régimen especial de disolución y liquidación.
- Actividades agrícolas o ganaderas.
- Buques y empresas navieras en Canarias.
- Deducciones por inversiones y gastos realizados por las autoridades portuarias y por producciones cinematográficas.
- Desglose de las deducciones pendientes generadas en años anteriores por inversiones en territorios de África Occidental.
- Gastos de propaganda y publicidad.
Modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades
Como ya hemos mencionado en el párrafo anterior, existen dos modelos de declaración previstos para la presentación del impuesto sobre sociedades: el modelo 200 y el modelo 220.
Los casos en los cuales hay que emplear cada uno de ellos son los siguientes:
Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades
Este modelo es el indicado para todos los contribuyentes del impuesto sobre Sociedades y del impuesto sobre la Renta de No Residentes obligados a presentar y subscribir la declaración (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas al extranjero con presencia en territorio español).
Modelo 220 del Impuesto sobre Sociedades
Este es el modelo que tienen que presentar los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas que tributen por el régimen especial de consolidación fiscal.
Los dos formularios mencionados se tienen que presentar por vía electrónica, utilizando certificados electrónicos reconocidos emitidos para la identificación y autenticación del contribuyente.
Las declaraciones que tengan que presentar los contribuyentes sometidos a la normativa foral pueden utilizar el modelo aprobado por la normativa foral correspondiente.
Cómo en ejercicios anteriores, también se han publicado los formularios previstos para suministrar información en relación con:
- Determinadas correcciones y deducciones a la cuenta de pérdidas y ganancias de importe igual o superior a 50.000 euros.
- La memoria anual de actividades y proyectos ejecutados e investigadores afectados por bonificaciones a la Seguridad Social.
- La reserva para inversiones en Canarias.
Estos formularios están hospedados en la sede electrónica de la AEAT y no han sufrido ninguna modificación respecto al ejercicio anterior.
Plazos para la presentación de los modelos del Impuesto sobre Sociedades
El plazos para presentar los dos modelos son diferentes y pueden darse algunas variantes en cada caso.
Plazos para presentar el modelo 200
El plazo para presentar el modelo 200 es de veinticinco días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.
- Esto quiere decir que, para entidades con ejercicio coincidente con el año natural, el plazo finaliza el 25 de julio del 2023. Si se opta por domiciliar el pago, el plazo de presentación es hasta el 20 de julio del 2023.
- Si el pago se domicilia en una entidad de crédito colaboradora con la AEAT, el plazo es desde el 1 de julio hasta el 20 de julio del 2023, los dos inclusive.
- Los contribuyentes cuyo plazo de declaración se hubiera iniciado con anterioridad al 1 de julio de 2023, tienen que presentar la declaración dentro de los veinticinco días naturales siguientes a esta fecha, salvo que hubieran optado para presentar la declaración utilizando el modelo aprobado para el ejercicio 2021.
- En los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, según el trimestre en que se produzca cualquiera de las siguientes circunstancias respecto al establecimiento permanente:
- Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, en el caso de que cesen en su actividad, a contar desde dicho cese.
- Se realice la desafectación de la inversión realizada en el EP.
- Se produzca la transmisión del EP.
- El EP traslade su actividad al extranjero o fallezca el titular del EP.
- Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, en el caso de que cesen en su actividad, a contar desde dicho cese.
Plazos para presentar el modelo 220
Dentro del plazo correspondiente en la declaración en régimen de tributación individual de la entidad representando del grupo fiscal o entidad cabecera de grupo.
Cómo tengo que presentar el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2022
La presentación del impuesto sobre Sociedades puede ser un trámite muy complejo. El listado de documentación que hay que preparar para llevarla a cabo ocuparía un artículo casi de la misma longitud que éste. Y, dada su importancia y obligatoriedad, es imprescindible que se realice con mucho cuidado.
Aconsejamos a todos aquellos que tengan que presentarlo que confíe en un equipo profesional que conozca todas las particularidades que afectan a la presentación del impuesto y que ayude al contribuyente en todo el proceso. Probablemente, empezando por verificar que la numerosa documentación que hay que aportar esté completa y sea correcta.
En Palau i Associats tenemos años de experiencia asesorando sobre la gestión integral de muchas empresas y profesionales y, obviamente, la presentación del impuesto sobre Sociedades es una de las principales tareas a las cuales nos enfrentamos cada año.
Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para conocer cómo puede ayudarte nuestro equipo profesional. Tanto en situaciones puntuales como la presentación del impuesto sobre Sociedades como en el asesoramiento o consultoría sobre cualquier ámbito empresarial.
Y, mientras tanto, te recomendamos que sigas las publicaciones de nuestro blog, para estar al corriente de las principales novedades en legislación impositiva que pueden corriente de las principales novedades en legislación fiscal que pueden afectar a tu negocio.
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