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¡Nueva circular en nuestra web! Sobre la presentación del Modelo 232 para informar de las operaciones vinculadas

¡Nueva circular en nuestra web! Sobre la presentación del Modelo 232 para informar de las operaciones vinculadas

El plazo para presentar el Modelo 232 para el Ejercicio 2019 será entre el 1 y del 30 de noviembre de 2019

Como concepto general, las operaciones vinculadas son todas aquellas operaciones de contenido económico que llevan a cabo las entidades o las personas físicas entre ellas. Se trata de operaciones las cuales deben comunicarse a Hacienda, concretamente a través de la presentación del modelo 232.

Este es precisamente el propósito con el que hemos enviado a nuestros clientes, recientemente, una circular en relación al modelo 232; queremos informar sobre el plazo de presentación de este modelo, así como resolver otras dudas relacionadas con el tema. Para el ejercicio 2018 debe de tramitarse entre el 1 y el 30 de noviembre.

¿Cómo sé si debo presentar el Modelo 232 de operaciones vinculadas?

Se consideran personas o entidades vinculadas, las siguientes:

  • Una entidad y sus socios o partícipes
  • Una entidad y sus consejeros o administradores, excepto en el correspondiente a la retribución por el ejercicio de sus funciones
  • Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relación de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta tercer grado de los socios o partícipes, consejeros o administradores
  • Dos entidades que pertenezcan a un grupo
  • Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas entidades pertenezcan al mismo grupo
  • Una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al menos, el 25% del capital social o del fondo propio
  • Dos entidades en las cuales los mismos socios, partícipes o sus cónyuges o personas unidas por parentesco en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta tercer grado, participen directa o indirectamente en al menos el 25% del capital social y del fondo propio
  • Una entidad residente en territorio español pero con establecimientos permanentes en el extranjero.

Si quieres asegurarte si estás o no obligado a presentar este modelo, consulta la información que hemos dejado colgada en nuestro apartado Documentos; concretamente, aquí.

Si tienes dudas en relación a la tramitación del Modelo 232 o con otras obligaciones fiscales, contacta con nuestro equipo de asesores fiscales.

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