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¿Qué es la firma digital y para qué sirve?

¿Qué es la firma digital y para qué sirve?

La Firma Digital o Certificado Digital es una herramienta que la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente para que pueda acceder, firmando electrónicamente, a todos sus datos fiscales a través de la web del AEAT.

Esta herramienta también permite formalizar otros trámites, como certificados de estar al corriente de pago con la Administración, presentar impuestos, consultar deudas, etc. Además, con el Certificado Digital se puede acceder a la oficina virtual de cualquier otra administración pública, como la Diputación Provincial, ayuntamientos, la oficina de la Seguridad Social, etc.

Desde hace unos años, la Agencia Tributaria estableció la obligatoriedad de usar el Certificado Digital para las entidades jurídicas, tanto para presentaciones telemáticas de impuestos como, sobre todo, para las notificaciones electrónicas, por las cuales solo se puede tener acceso si se dispone de dicha firma.

Para tramitar el Certificado Digital, se necesitan los siguientes documentos:

  • Certificación expedida por el Registro Mercantil que acredite la vigencia de la sociedad y del administrador representante.
  • Si se trata de una sociedad sin personalidad jurídica, por ejemplo una sociedad civil, se ha de presentar el documento de constitución original, que sustituye la certificación mercantil.
  • La referencia obtenida de cualquier organismo acreditado para obtener la firma, por ejemplo, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (recomendada).
  • Si es necesario, se puede legitimar la firma del administrador representante ante notario, en el caso de que no pueda personarse él mismo ante la Administración de Hacienda y lo tenga que hacer otra persona en su nombre y en el de la sociedad.

La descarga del Certificado Digital siempre se deberá realizar desde el ordenador desde donde se ha hecho la petición de la referencia, aunque luego pueda instalarse en cualquier otro ordenador.

El Certificado Digital caduca al cabo de dos años y se puede hacer la renovación desde cualquier ordenador desde donde lo tengamos instalado, con una antelación de, como máximo, dos meses. Se recomienda hacer una copia de seguridad.

En el siguiente enlace se puede encontrar toda la información adicional y de ayuda relativa al certificado digital.

Isabel Romero Hernández – Departamento Fiscal

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