Trabajadores autónomos | Se abre el plazo para cambiar la base de cotización
- 18 septiembre, 2017
- Palau i Associats
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- Hasta el próximo 1 de noviembre, las personas inscritas en el Régimen especial de Trabajadores autónomos pueden modificar su base de cotización
- Dicha modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2018
- Los autónomos también pueden solicitar, antes del 1 de octubre, la cobertura por contingencias profesionales y/o la protección por cese de actividad
El cambio de base de cotización es un trámite que los trabajadores autónomos pueden llevar a cabo dos veces al año y que determina la cuantía de las cuotas, establecidas por la norma, que éstos deben abonar mensualmente por el hecho ser trabajadores por cuenta propia.
Los plazos de tiempo durante los cuales se puede efectuar dicha modificación son aquellos que comprenden entre el 1 de enero y el 30 de abril, con efectos a partir del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de noviembre, con efectos del 1 de enero del año siguiente. El trabajador autónomo puede realizar tantas solicitudes como desee siempre y cuando la petición se lleve a cabo dentro de los plazos establecidos. Al respecto, cabe destacar que la nueva proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, en fase de tramitación actualmente en el Senado, tiene previsto aumentar de 2 a 4 el número de veces al año que los trabajadores autónomos pueden cambiar de base de cotización; esta medida, no obstante, no entrará en vigor hasta el próximo 1 de enero de 2018.
Así mismo, cabe tener en cuenta que la Tesorería General de la Seguridad Social puede incrementar, anualmente y de forma automática, la base de cotización de un autónomo. El aumento se corresponderá con el porcentaje en el que se aumentan cada año las bases máximas de cotización en este régimen especial, con el límite máximo aplicable al trabajador, previa solicitud y antes del 1 de noviembre.
“¿Debo modificar mi base de cotización?”. Si te lo estás preguntando, en este documento adjuntamos, a modo de ejemplo, una escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes a partir del 1 de julio de 2017) para que puedas hacerte una idea.
Y es que la pregunta “¿Cuál es la base de cotización que más me convendría?” es una de las más frecuentes entre este colectivo de trabajadores. La lógica llevaría a muchos autónomos a disminuir al máximo su base de cotización para acabar pagando menos cada mes; debe tenerse en cuenta, no obstante, que cotizar por la base mínima conlleva unas consecuencias tanto en caso de enfermedad como de invalidez. De la misma manera, lo que se cotiza durante la vida laboral determina la cuantía que se percibirá durante la jubilación, de ahí que sea importante prestar atención a este aspecto.
Recuerda que si tienes dudas al respecto, puedes contactar con los especialistas en materia fiscal y laboral de nuestro despacho y solicitar asesoramiento. De la misma forma, desde Palau i Associats aprovechamos para solicitar a nuestros clientes que si están interesados en modificar la base de cotización o cuota y/o en optar por las coberturas de las contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad) y la protección por cese de actividad, contacten con nosotros en la mayor brevedad de tiempo posible.
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