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Despido objetivo: formalidades

Despido objetivo: formalidades

Desgraciadamente, durante los últimos años, han sido muchas las empresas que se han visto obligadas a despedir trabajadores por causas objetivas, básicamente económicas. Sin entrar en la parte causal de este tipo de despidos, es muy importante, siempre, tener en cuenta los requisitos formales, ya que su incumplimiento puede suponer una improcedencia del despido, todo y la existencia de las causas. Los formalismos propios de este tipo de despidos son dos.

Por un lado, hay la obligación de poner a disposición del trabajador el importe de la indemnización legal de 20 días de salario por año trabajado, en el momento de la notificación del despido. Evidentemente, cualquier forma de pago será válida, pero delante de la eventualidad de una negativa del trabajador a recibir un cheque o un efectivo, nuestra recomendación siempre será hacer una transferencia bancaria. Esta es la única forma de pago que es perfectamente acreditable y solo depende del pagador, que es la empresa.

Por otro lado, también es obligatorio conceder al trabajador un pre-aviso de 15 días, o bien abonarle el importe salarial correspondiente a ese período. Escoger una u otra posibilidad dependerá de muchos factores, todos ellos ligados a posibles riesgos y/o tensiones que puedan o no provocar mantener dentro del equipo una persona que sabe que tras dos semanas ya no estará en la empresa. En este aspecto, cabe resaltar que, la jurisprudencia cada vez es más clara cuando indica que en caso de conceder realmente el pre-aviso, éste no se puede solapar con el disfrute de las vacaciones que pueda tener el trabajador pendiente. De forma que, aunque se le concedan estos 15 días, se deberán abonar de forma adicional las vacaciones en la liquidación.

Evidentemente, tanto uno como otro requisito se pueden ver afectados por multitud de incidencias que justificarían una larga cantidad de apuntes como este, pero nuestra experiencia nos dice que estos que hemos expuesto son los puntos de partida básicos en todo caso.

Cualquier duda, tanto en este tema como en cualquier otro, podrá ser resuelto por nuestro equipo de profesionales juristas y asesores laborales de Palau i Associats.

Josep Garrido – Departamento Laboral

 

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