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Se aprueba el modelo 140: abono anticipado de la deducción por maternidad del impuesto sobre el IRPF

Se aprueba el modelo 140: abono anticipado de la deducción por maternidad del impuesto sobre el IRPF

El Ministerio de Hacienda publicaba el pasado 1 de marzo en el BOE número 52 la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la cual se aprobaba el modelo 140. ¿Y de qué se trata? Se trata de la solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF); además, se regula así la comunicación de variaciones que puedan afectar al derecho a su abono anticipado.

Se trata de un modelo que puede presentarse por vía electrónica, telefónicamente o en papel impreso, a través de la Agencia Tributaria. Sobre quién puede beneficiarse del abono anticipado, éste podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200€ anuales por cada hijo menor de 3 años.

La Agencia Tributaria, a la vista de la solicitud recibida y de los datos obrantes en su poder, si considera procedente la solicitud, abonará de oficio de forma mensual y sin prorrateos, desde el mes correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud y, en su caso, desde el mes anterior, el importe de 100 euros por cada hijo que dé derecho a la deducción

Más información | Agencia Tributaria

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