La factura electrónica, obligatoria a partir de 2015
- 9 enero, 2015
- Palau i Associats
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A partir del 15 de enero de 2015, las facturas dirigidas a las Administraciones públicas se deberán emitir en formato electrónico, de igual forma que a esas empresas que presten servicios de especial trascendencia económica de acuerdo con la «Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público».
Ejemplos de estas empresas son:
Servicios a consumidores finales prestados por determinadas empresas de telecomunicaciones, de servicios financieros, de seguros y de suministro. Además, las agencias de viaje de transporte y las actividades de comercio al detalle estarán obligadas a emitir facturas electrónicas cuando la contratación se haya llevado a término por medios electrónicos.
La factura electrónica es una factura que se emite y se recibe en formato electrónico. Tiene los mismos efectos que una factura en papel constituyendo una alternativa legal a esta y está regulada por el Real Decreto 1619/2012 del 30 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento donde se regulan las obligaciones de facturación.
Las facturas electrónicas serán gestionadas por el FACE, que es el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, una plataforma en línea que permite presentar facturas electrónicas delante de cualquier órgano de la Administración General del Estado a través de un punto único. El formato que se tendrá que usar es el denominado Facturae.
Por otro lado, los casos donde no hará falta aplicar la factura electrónica son:
- Facturas donde el importe sea igual o inferior a 5.000€.
- Profesionales o empresarios individuales. Estos podrán seguir emitiendo las facturas en papel, ya que este cambio solo afecta a las sociedades.
- Entidades públicas empresariales y las sociedades participadas por las administraciones, en estos casos no hay obligación de emitir una factura electrónica a una sociedad participada por la Generalitat.
Todo esto, con el objetivo de agilizar el proceso de pago por parte de la administración, intentando reducir la morosidad, aumentar la seguridad de los procesos, reducir la probabilidad de falsificación y los errores en las facturas.
Si tienes cualquier duda sobre esta nueva normativa, ponte en contacto con Palau i Associats y estaremos encantados de atenderte y resolver todas las dudas que puedas tener.
Carla Martínez – Departamento Fiscal y Contable
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