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¡Nueva circular en nuestra web!

¡Nueva circular en nuestra web!

Sobre las personas físicas o jurídicas obligadas a presentar el modelo 347

Las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades empresariales o profesionales y que hayan realizado durante el año 2018 operaciones que en conjunto superen el importe de 3.005,06€ están obligadas a presentar el modelo 347, antes del día 28 de febrero.

Desde el ejercicio de 2014, deben incluirse en la declaración anual de operaciones con terceras personas las adquisiciones en general de bienes y servicios que se efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales.

Más detalles sobre la presentación de este modelo, en la circular informativa que encontraréis en nuestra web, en el apartado “documentos”. Aquí también encontraréis qué personas o entidades quedan excluidas de la ejecución de este trámite.

De la misma manera, los que deseen realizar el cambio de opción para el cálculo del pago a cuenta del Impuesto de Sociedades, deben presentar la solicitud ante la administración de Hacienda, mediante el correspondiente modelo 036, siempre que el ejercicio coincida con el año natural.

Si es necesario que realicemos alguno de estos trámites, rogamos nos facilitéis la documentación necesaria con la máxima antelación posible. De la misma manera, os recordamos que estamos a vuestra disposición para aclararos cualquier duda.

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