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Ley de Jurisdicción Voluntaria

Ley de Jurisdicción Voluntaria

El pasado día 23 de julio de 0215 entró en vigor la Ley 15/2015, del 23 de julio, de regulación de la Jurisdicción Voluntaria. De entrada el nombre ya plantea un oxímoron, ya que nos obliga a ir al juzgado pero se nos dice que es para una jurisdicción voluntaria. Pero no entraremos en un debate lingüístico.

No olvidemos que los casos regulados por la jurisdicción voluntaria son aquellos donde no existe oposición o litigio entre las partes, o sea, donde no hace falta la intervención directa de un juez. La responsabilidad, pues, recaerá en notarios, registradores o secretarios judiciales que serán los que resolverán los trámites que más a bajo se describen con todas las garantías de ley.

Esta ley es nueva, pero resuelve una situación que hacía tiempo que era solicitada por los operadores jurídicos. Así pues, esta nueva ley regula los trámites relativos a diferentes ámbitos. Los repasamos.

  1. La persona: afiliación no matrimonial, nombramiento defensor judicial para menores o personas discapacitadas, adopción, tutela, curaduría, guarda de hecho, concesión de emancipación, protección del patrimonio de discapacitados, autorización de actos de disposición de discapacitados, declaración de ausencia o muerte, extracción de órganos en donantes vivos, etc.
  2. Familia: Dispensa de impedimento matrimonial, intervención en casos de discrepancia en materia de potestad parental, etc.
  3. Sucesión: nombramiento de albacea, contador – divisor de herencias, aceptación o repudio de herencias, etc.
  4. Obligaciones: consignaciones judiciales de cantidades.
  5. Derechos Reales: reclamación de créditos vencidos en relación a usufructos, subastas voluntarias, etc.
  6. Mercantil: en materia mercantil también se regulan muchas operaciones en las que hace falta la intervención judicial como convocatorias de juntas generales, exhibición de libros contables, disolución judicial de sociedades, etc.

Si necesitas asesoramiento judicial de cualquier tipo, contacta con Palau i Associats. Nuestro equipo de abogados podrá asesorarte en todo lo que necesites y defenderte judicialmente allí donde corresponda.

Josep Boada Batalla – Departamento Jurídico

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