La nueva norma hipotecaria prohíbe la venta vinculada: los bancos no podrán obligar al cliente a contratar otros productos con las hipotecas
- 28 agosto, 2017
- Palau i Associats
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El texto, no obstante, no prohíbe la venta combinada, por lo que las entidades podrán seguir ofreciendo rebajas en las hipotecas a los prestatarios que contraten seguros, tarjetas, etc.
El Ministerio de Economía concluía a finales del pasado mes de julio el Anteproyecto de Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, una nueva norma que nace con la intención de mejorar la transparencia y la protección del consumidor, así como de frenar los abusos de la banca en lo referente a la contratación de hipotecas.
Entre el conjunto de nuevas medidas que se recogen en la nueva norma hipotecaria, se prohíbe que se produzcan lo que se conoce como “ventas vinculadas”, paquetes que incluyen, junto a la hipoteca, otros productos o servicios como seguros de vida, de hogar o tarjetas bancarias.
Así, la banca no podrá obligar al cliente a contratar otros productos o servicios para poder tener acceso al préstamo hipotecario: “se trata de una medida de transparencia. El banco deberá presentar un presupuesto con los productos y otro sin ellos”, apuntan desde Economía, quien adjudica la competencia de vigilar que no se produzcan este tipo de abusos al Banco de España. Y es que, si bien es cierto que este tipo de prácticas –las ventas vinculadas- son cada vez menos habituales en la banca, siguen registrándose algunos casos.
Se prohíbe la venta vinculada, que no la venta combinada
Aunque el texto de la nueva ley obligará a separar de manera clara los costes de los productos vinculados a las hipotecas (seguros, tarjetas…) con las miras puestas en que el cliente sepa en todo momento qué paga por ellos (y pueda contratarlos, de hecho, con otros agentes si son más baratos), las entidades sí podrán ofrecer rebajas en las hipotecas y en los intereses a los clientes que contraten este tipo de productos con ellos. Así pues, se prohíben las ventas vinculadas (las que obligan a contratar un seguro o una tarjeta, por ejemplo) pero no las ventas combinadas.
La norma también prohibirá a la banca que ofrezcan incentivos a los trabajadores que concedan un mayor número de contratos hipotecarios. A su vez, el cliente deberá recibir por parte del banco toda la información relacionada con su hipoteca: una ficha con información normalizada con las principales características del contrato y otra estandarizada en la que se advierta de cuáles son las cláusulas sensibles, a fin de garantizar el pleno entendimiento del contrato por parte del cliente.
Tanto es así que el Gobierno duplica las visitas al notario: éste deberá comprobar que el cliente ha recibido toda la información y asesorará si es menester al prestatario, quien deberá firmar un acta en la que manifieste que es conocedor de todos los datos. Cabe destacar que este primer encuentro ante el notario será gratuito, de acuerdo a Economía.
La nueva ley hipotecaria, entre otras medidas, también facilitará el cambio de hipotecas de interés variable a fijo, limitará los intereses de demora, abaratará las comisiones por amortización anticipada, cambiará la divisa de referencia de un préstamo y endurecerá las condiciones para una ejecución hipotecaria.
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Vía | Economía-El País, Zamora24h
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