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Modelo 232 para informar de las operaciones vinculadas

Modelo 232 para informar de las operaciones vinculadas

El plazo de presentación de este modelo para el Ejercicio 2017 comprende entre el 1 y el 30 de noviembre de 2018

El plazo de presentación de este modelo será el mes siguiente a los diez meses posteriores a la finalización del periodo impositivo al que se refiera la información a subministrar. Es decir, para el Ejercicio 2017 el modelo deberá presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre de 2018.

¿Qué es una operación vinculada?

Como concepto general, las operaciones vinculadas son todas aquellas operaciones de contenido económico que llevan a cabo las entidades o personas físicas entre ellas. Se consideran personas o entidades vinculadas las siguientes:

  • Una entidad y sus socios o partícipes
  • Una entidad y sus consejeros o administradores, excepto en el correspondiente a la retribución por el ejercicio de sus funciones
  • Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relación de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta tercer grado de los socios o partícipes, consejeros o administradores
  • Dos entidades que pertenezcan a un grupo
  • Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas entidades pertenezcan al mismo grupo
  • Una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al menos, el 25% del capital social o del fondo propio
  • Dos entidades en las cuales los mismos socios, partícipes o sus cónyuges o personas unidas por parentesco en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta tercer grado, participen directa o indirectamente en al menos el 25% del capital social y del fondo propio
  • Una entidad residente en territorio español pero con establecimientos permanentes en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentar este modelo?

La presentación se realizará en formato electrónico a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y están obligados a presentar la susodicha declaración:

modelo-232-diapo-1

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  • Estarán obligados a presentar el Modelo 232 y cumplimentar el cuadro “Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas precedentes de determinados activos intangibles (art. 23 y DT 20ª LIS)” los contribuyentes que apliquen la citada reducción prevista en el artículo 23 LIS porque obtienen rentas como consecuencia de la cesión de determinados intangibles a personas o entidades vinculadas.
  • Estarán obligados a presentar el Modelo 232 y cumplimentar el cuadro “Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales” los contribuyentes que realicen operaciones o tengan valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.

Contacta con el equipo de asesores fiscales de Palau i Associats

En caso de que usted realice operaciones con entidades vinculadas y tenga dudas, recuerde que puede contactar con nuestro despacho para que le asesoremos en cuanto a su obligación de presentar el modelo 232.

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