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Regularización de las pensiones en el extranjero

Regularización de las pensiones en el extranjero

El pasado 27 de noviembre de 2014 se aprobó la Ley 26/2014, la cual reforma la Ley 35/2006 del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, aprobando la siguiente disposición:

“Regularización de deudas tributarias correspondientes a pensiones procedentes del extranjero y condonación de las sanciones, recargos e intereses liquidados por este concepto”

Esto comporta que los residentes que tengan pensiones procedentes del extranjero podrán regularizar sin sanción sus pensiones no declaradas.

Hablamos de esos contribuyentes que estuvieron trabajando en el extranjero (Suiza, Alemania, Francia, Reino Unido…) que han vuelto a España y cobran una pensión por el trabajo y las cotizaciones que se realizaron en el extranjero.

Como que las pensiones que se reciben de un país extranjero no aparecen en el borrador que envía Hacienda para realizar la declaración de la renta, esas personas no incluían esas pensiones en su declaración, o pensaban que no tenían obligación de presentarla. A partir de ahora, sí que se tendrán que declarar y regularizar las deudas pasadas.

Por este motivo, la Agencia Tributaria ha realizado una comprobación para saber si los contribuyentes han declarado esas pensiones recibidas en el extranjero.

Si no se declararon, ahora es el momento de regularizar la situación. El proceso a seguir es presentar la renta, en el caso de que pase a estar obligado a presentar la declaración, o presentar una declaración complementaria de los periodos no prescritos (cuatro años). Esta regularización se podrá efectuar hasta el 30 de junio de 2015.

De esta forma, todos los afectados que regularicen su situación antes de la fecha marcada por la Agencia Tributaria quedarán exonerados de sanciones, recargos o intereses de demora.

Carla Martínez Riquelme – Departamento Fiscal

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