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¿Quieres abrir negocio en Andorra?

¿Quieres abrir negocio en Andorra?

El pasado 1 de enero de 2016, entró en vigor el convenio firmado entre Andorra y España, que oficializa las relaciones mercantiles entre los dos países. El objetivo de este convenio es el de mejorar la seguridad jurídica en las relaciones económicas entre Andorra y España con sus ciudadanos, empresas e inversores. Evidentemente, este nuevo acuerdo reforzará los lazos económicos y de intercambio de información fiscal.

En Andorra ya no existe el secreto bancario, por lo que España, en el 2011, decidió dejar de considerar a Andorra como paraíso fiscal. Esta nueva relación se oficializó con un convenio de intercambio de información que obliga al Principado a dar datos de sus clientes en procedimientos penales y tributarios abiertos en España.

En 2012, se implantó en Andorra el impuesto sobre sociedades, en 2013 el IGI (el equivalente a nuestro IVA) y, a partir del 2015, se estableció el IRPF, lo que hace que Andorra dé por cerrado su marco fiscal. Su objetivo, pues, es el de alcanzar una homologación con los estándares de los países de su entorno, es decir, con los requisitos que fija la OCDE.

La Tributación en Andorra para empresas es de un 4,5% en la imposición indirecta (IGI general del 4,5%). Además, las sociedades en Andorra tributan a un tipo nominal del 10% sobre los beneficios empresariales, con reducciones sobre determinadas actividades que les permite tributar a un tipo efectivo del 2%. Existen, además, deducciones y bonificaciones en sociedades sobre la creación de trabajo, inversión en inmovilizado y otros factores. Aun con todo, también existen instrumentos de gestión de patrimonio como las SICAV que permiten tributar a un tipo efectivo entre 0,5% y 1% en sociedades.

Para las personas físicas, existe una tributación del IRPF a un tipo fijo nominal del 10%, con exención de los primeros 24.000€ para rentas del trabajo y de 3.000€ para las rentas mobiliarias. De 24.001€ a 40.000€, al 5% (el 10% con una bonificación del 50%), y a partir de 40.001€, al 10%. Los dividendos recibidos de sociedades andorranas están totalmente exentos de tributar, así como la inexistencia de imposición sobre el Patrimonio y sobre las Donaciones y Sucesiones.

Así pues, se puede comprobar como el marco fiscal andorrano es muy atractivo para las empresas españolas. Sin embargo, el país de los Pirineos tiene muy claros los límites de su apertura. Andorra busca la presencia de empresas extranjeras que no supongan competencia a sus empresas nacionales. Concretamente ve con buenos ojos la implantación de sociedades del sector informático, cosmético y del diseño, que además de tener niveles altos de facturación no contaminan.

Ahora bien, para abrir sede en Andorra hará falta, además del permiso gubernamental, tener una sede física, de al menos 20 metros cuadrados, y crear un puesto de trabajo, al menos a media jornada.

En Palau i Associats tenemos amplia experiencia en deslocalización y apertura de negocios en el extranjero.

Òscar Segura – Departamento Asesoramiento Internacional

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