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Arranca la campaña de la renta y sobre el patrimonio

Arranca la campaña de la renta y sobre el patrimonio

A mediados de abril arrancó la campaña sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio de 2021.

El plazo para la formalización finaliza el día 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como para las declaraciones con derecho a devolución. Las declaraciones de Patrimonio tienen el mismo plazo de presentación que la de la Renta.

En todos los documentos aportados se deberá consignar el titular de los mismos, ya sea el propio declarante, el cónyuge o ambos conjuntamente, a efectos de poder decidir sobre la conveniencia de practicar la declaración separada o conjunta.

¿Qué documentación debe aportarse?

Para que nuestros asesores fiscales puedan preparar las correspondientes declaraciones del IRPF y del Patrimonio, es necesario que se nos haga llegar toda la documentación a continuación referenciada lo antes posible.

Datos generales:

  • Fotocopia del DNI del declarante, cónyuge e hijos.
  • Renta y patrimonio del ejercicio 2020 (si no la confeccionamos nosotros).
  • Si ha nacido algún hijo/a en 2021: fotocopia del libro de familia.
  • Si hay algún hijo mayor de 18 años, con ingresos superiores a 8.000,00 euros en 2021, certificación de dichos ingresos.
  • Justificante de ingresos percibidos, en su caso, por hijos menores de 18 años.
  • Si existen ascendientes que convivan con la unidad familiar, justificante de sus ingresos.
  • En caso de tutela o acogimiento no remunerado de una persona afectada por minusvalía o invalidez, documentación relativa a ello.
  • En el supuesto de cambio de domicilio: indicación del nuevo.
  • Documentación relativa a las aportaciones realizadas a planes de pensiones en 2021.
  • Otra información y documentación que crea de interés.

Fincas urbanas y rústicas

De las arrendadas:

  • Alquiler percibido y gastos detallados por concepto (es necesario el detalle de cada finca individualmente), diferenciando entre los procedentes de viviendas y de locales.
  • Certificado acreditativo de las retenciones soportadas cuando se trata de alquiler de locales.

También es importante recalcar que, en las fincas arrendadas, es obligatorio informar sobre la fecha de adquisición, el valor de adquisición del inmueble arrendado, el NIF del inquilino, si se trata de su vivienda habitual y la fecha del contrato de alquiler.

De las compradas o vendidas en 2021:

  • Escritura y minuta notarial.
  • En caso de transmisión, además, escritura de adquisición.

Además, para tanto las fincas arrendadas como compradas o vendidas, es necesario aportar la fotocopia de recibo del IBI correspondiente a 2021, que debe incluir la información relativa a la referencia catastral, el valor catastral y el valor del suelo del inmueble.

Obras (novedad):

En este ejercicio se pueden realizar deducciones por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de la vivienda. Las deducciones son diferentes según la reforma realizada. Las obras tienen que haber sido realizadas a partir del 6 de octubre de 2021 y ha de quedar acreditado mediante el certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido antes de la finalización del periodo impositivo en el que se vaya a practicar la deducción.

Cuentas bancarias 

Certificación bancaria de cada una de las cuentas existentes en 2021, en la que se exprese el titular o titulares, el saldo a 31/12/2021, así como los intereses y las retenciones sobre los mismos.

Valores mobiliarios

  • Extractos bancarios de los valores depositados y de los intereses percibidos.
  • Justificantes de compras y ventas de valores realizados en 2021, así como los gastos ocasionados.
  • Es fundamental conocer la fecha y valor de adquisición en todas las operaciones de transmisión.

Trabajo personal

  • Certificado de los rendimientos obtenidos durante 2021 por trabajo personal, así como de las prestaciones por desempleo y demás pensiones, a excepción de las de “Invalidez Absoluta” o “Gran Invalidez”, las cuales no tributan.
  • Comprobantes de gastos de cuotas a sindicatos y de defensa jurídica.
  • Comprobantes de gastos de cuotas obligatorias a colegios profesionales.
  • Importe de las pensiones compensatorias recibidas en caso de separación o divorcio.

Actividades empresariales y profesionales

Estimación objetiva (módulos): variación de los elementos tributarios durante el ejercicio 2021.

Estimación directa normal y simplificada: ingresos, gastos detallados, existencias y valor del negocio a 31/12/2021, así como inversiones empresariales.

Vehículos, embarcaciones y demás bienes

Valor a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio.

Préstamos

Justificantes de las operaciones de préstamo o hipoteca, intereses pagados y capitales amortizados y saldo pendiente a 31/12/2021.

Deducciones         

Deducciones por vivienda habitual:

  • Cantidades pagadas por adquisición de vivienda propia en 2021, para préstamos anteriores a 1 de enero de 2013.
  • Cantidades pagadas por obras de adecuación de la vivienda propia en caso de personas minusválidas. (Anteriores a 1 de enero de 2013)

Deducciones por alquiler: Importe anual satisfecho en concepto de alquiler de la vivienda habitual.

Donaciones

Justificantes de las cantidades donadas a Asociaciones declaradas de Utilidad Pública, Cruz Roja Española, Iglesia Católica, Fundaciones, etc.

Palau i Associats cuenta con un equipo especializado en asesoramiento fiscal que puede ayudar a individuos y empresas a realizar sus declaraciones fiscales a lo largo de todo el año. Si estás buscando una gestoría, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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